Naturaleza y características. El pago es el cumplimiento de la obligación, a través del cual se extingue ésta, satisfaciendo el interés del acreedor y liberando al deudor. El pago de la deuda debe ser completo (excepto en casos en donde se acuerde un cumplimiento parcial).El pago es la forma natural de cumplir una obligación y el modo normal de extinguirla. En derecho, el pago es el cumplimiento de una obligación y el principal modo de extinguir las obligaciones. Consiste en el cumplimiento efectivo de la prestación debida, sea esta o no monetaria.
¿Qué es el pago y cuáles son sus elementos?
Pago es toda aquella acción que realizamos para extinguir o cancelar una obligación. Se basa en la entrega de un bien, servicio o activo financiero a cambio de otro bien, servicio o activo financiero. En el campo económico, denominamos pago a la transacción (monetaria o no) por la que se extingue una deuda.
¿Cuál es el concepto de pago?
Es el acto de entregar una cantidad de dinero para saldar una deuda pendiente o para compensar un bien o servicio que hemos recibido. Otros términos relacionados son: Orden de pago.
¿Cuáles son los elementos esenciales de pago?
Son elementos específicos del pago: la existencia de una deuda, el animus solvendi, la intervención de un solvens y la existencia de un accipiens, en lo que se refiere a la existencia de una deuda, si bien el CC no lo exige expresamente, ello resulta de la propia definición del pago contenida en este precepto.
¿Qué es el pago y cuáles son sus elementos?
Pago es toda aquella acción que realizamos para extinguir o cancelar una obligación. Se basa en la entrega de un bien, servicio o activo financiero a cambio de otro bien, servicio o activo financiero. En el campo económico, denominamos pago a la transacción (monetaria o no) por la que se extingue una deuda.
¿Cuáles son las funciones del pago?
Función del pago: el pago marca e l momento de mayor virtualidad de la obligación, puesto que esta se constituyó para eso, para pagarse: es, pues, el momento culminante de la existencia del vínculo y también el momento final o de disolución.
¿Qué es el pago según el Código Civil?
¿Cuál es el objeto de pago?
El objeto de pago consiste en el cumplimiento de la prestación debida; es por ello que se puede afirmar que solo habrá verdadero pago cuando la actividad desempeñada por el deudor se adecue al programa de prestación trazado al constituirse la obligación. Cuando ello ocurre el acreedor vera satisfecho su interés.
¿Cuáles son los principios que rigen el pago?
Teniendo estos conceptos claros, vamos a abordar los principios generales que inspiran la figura del pago, a saber: principio de integridad del pago, principio de indivisibilidad del pago, principio de identidad del pago, el lugar en el que se debe reali- zar el pago y el plazo para efectuar el pago.
¿Cómo se le dice al pago?
1 paga, pagamento, liquidación, amortización.
¿Quién puede hacer el pago?
¿Quién debe probar el pago?
El demandante deberá, siempre de acuerdo a las reglas generales, probar el pago que el demandado desconoce, pero queda exento de probar los demás requisitos, y será el accipiens quien deberá acreditar que se le debía lo pagado.» (René Abeliuk M., «Las obligaciones». Vol. II.
¿Cuál es la naturaleza jurídica del pago?
Dice Salvat que el pago es un acto jurídico porque en él concu- rren los tres elementos que caracterizan a esta clase de actos: “a) el pago es un acto voluntario, en cuanto es hecho voluntariamente por el deudor, esto no puede ofrecer dificultades.
¿Qué es el pago en el derecho romano?
El pago debe hacerlo el deudor, aunque lo puede efectuar un tercero, ya que se considera que el que manda pagar, lo hace él mismo (D. 46, 3, 56). Siempre será válido el pago hecho por un tercero, cuando éste tenga la intención de extinguir la deuda ajena, aunque el deudor lo ignore o inclusive lo prohíba (D.
¿Cuáles son los principios que rigen el pago?
Teniendo estos conceptos claros, vamos a abordar los principios generales que inspiran la figura del pago, a saber: principio de integridad del pago, principio de indivisibilidad del pago, principio de identidad del pago, el lugar en el que se debe reali- zar el pago y el plazo para efectuar el pago.
¿Qué es el pago y cuáles son sus elementos?
Pago es toda aquella acción que realizamos para extinguir o cancelar una obligación. Se basa en la entrega de un bien, servicio o activo financiero a cambio de otro bien, servicio o activo financiero. En el campo económico, denominamos pago a la transacción (monetaria o no) por la que se extingue una deuda.
¿Cuando el pago es nulo?
El pago hecho al acreedor es nulo en los casos siguientes: 1o.) Si el acreedor no tiene la administración de sus bienes; salvo en cuanto se probare que la cosa pagada se ha empleado en provecho del acreedor, y en cuanto este provecho se justifique con arreglo al artículo 1747.
¿Dónde debe realizarse el pago?
El pago debe hacerse en el lugar designado por la convención. ARTICULO 1646.
¿Cómo se escribe el pago?
pagar | Definición | Diccionario de la lengua española | RAE – ASALE. Del lat. pacāre ‘apaciguar’, ‘calmar’, ‘satisfacer’.
¿Cuál es el monto de pago?
Se trata del monto total que debes pagar de forma que no se generen intereses extras a los que ya estás pagando en un crédito.
¿Qué puedo hacer si el deudor no paga?
¿Qué pasa si el deudor no paga la deuda? Si quien adquirió la deuda no realiza los pagos, el banco o la entidad que hizo el préstamo, “puede hacer exigible el cobro del crédito directamente al codeudor, sin tener que cobrar en primera instancia al beneficiario del crédito otorgado”, dice el artículo.
¿Qué es el pago forzoso?
Es forzoso cuando el acreedor ejercita el derecho a hacer efectivo el cumplimiento, acudiendo a los órganos jurisdiccionales para que éstos intervengan en el patrimonio del deudor. Procede en aquellos casos en que el deudor no cumpla voluntariamente con lo convenido.
¿Quién paga mal?
El que paga mal, paga dos veces.
¿Cuál es el objeto de pago?
El objeto de pago consiste en el cumplimiento de la prestación debida; es por ello que se puede afirmar que solo habrá verdadero pago cuando la actividad desempeñada por el deudor se adecue al programa de prestación trazado al constituirse la obligación. Cuando ello ocurre el acreedor vera satisfecho su interés.
¿Cómo pagar un derecho?
Las personas físicas y morales obligadas a pagar Derechos, Productos o Aprovechamientos, podrán efectuar el pago vía Internet, a través de los portales de Internet de las instituciones de crédito autorizadas y también podrán hacerlo en la ventanilla bancaria, presentando un formato impreso denominado “Hoja de Ayuda”.
¿Cuáles son los efectos de la dacion de pago?
Al consentir una nueva prestación, el acreedor, se logran los tres efectos del pago: Se extingue la obligación. Se libera la obligación del deudor. El acreedor satisface su crédito.
¿Cuáles son las principales características del pago?
Las principales características del pago serían: 1º. Se precisa que exista una obligación, no sólo una obligación civil. 2º.
¿Qué es el pago?
Es el total cumplimiento de la prestación llevado a cabo por el deudor con ánimo de extinguir el vínculo obligatorio. El pago es uno de los modos de extinguir las obligaciones que consiste en el cumplimiento efectivo de la prestación debida, sea esta de dar, hacer o no hacer (no solo se refiere a la entrega de una cantidad de dinero o de una cosa).
¿Cuáles son las diferentes formas de pago?
El pago puede realizarse de diversas formas, siendo la transacción monetaria (envío de dinero) la más habitual. Con la transacción monetaria ponemos fin a la obligación, aunque también puede realizarse la acción de pagar a través de la entrega de un bien o activo, del que suponemos tiene un valor similar a la obligación contraída.
¿Cuáles son los diferentes tipos de pagos electrónicos?
En los últimos años se está registrando un fuerte crecimiento de los pagos electrónicos, es decir los pagos que se realizan a través de internet, así como de los pagos a través de dispositivos móviles (ya sea con un smartphone o con otro dispositivo móvil), aunque ambos modos están muy relacionados.