¿Cuándo entra la nueva versión de nómina?
¿Cuándo entra en vigor el CFDI 40?
¿Cuándo entra en vigor CFDI 40 prórroga?
¿Cuándo entró en vigor el complemento IEDU?
¿Cuándo entró en vigor el complemento IEDU? El complemento IEDU o CFDI escolar entró en vigor desde la versión de factura CFD (2.0, 2.2) y CFDI (3.0, 3.2) como parte de la información en el concepto o partida de la factura y posteriormente para la factura de colegiatura CFDI 3.3 / 4.0 como un complemento concepto.
¿Cuándo será obligatoria la factura electrónica?
¿Qué cambios tiene el CFDI 40?
Principales cambios en el CFDI Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor. Incluirá campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías. Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
¿Qué cambios hay en el CFDI 40?
¿Qué cambios tiene el CFDI 4.0? Incluir el nombre y razón social del contribuyente a favor de quien se emite el CFDI. Incluir información general para los comprobantes globales expedidos al público general. Incluir información a cuenta de terceros para efectos de facturación que deberán estar en el cuerpo del CFDI.
¿Cuándo inicia la carta porte?
¿Qué diferencia hay en factura 33 y 40?
¿Qué versión de facturas debo usar?
¿Cuántos días tengo para hacer una factura del mes anterior?
Según el artículo 39 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación señala que los contribuyentes tienen un plazo máximo de 24 horas, luego de que haya tenido lugar la operación o venta, por la cual se está emitiendo el CFDI, para enviarlo al SAT o al Proveedor Autorizado de Certificación (PAC).
¿Qué versión deben tener los recibos de nómina?
¿Dónde puedo ver mi recibo de nómina?
¿Dónde puedo consultar mis recibos de nómina? Los puedes consultar a través del Portal del SAT/ Menú Trámites/ Factura electrónica/ Consultar, cancelar y recuperar. Ingresa con tu RFC, contraseña o e.firma. El primer apartado permite buscar los CFDI por folio y el segundo por fecha de emisión y dar clic en buscar CFDI.
¿Cómo será la nueva facturacion electrónica?
✸Comerciantes, prestadores de servicios, profesionales independientes, agricultores y ganaderos. Quienes ejercen estas profesiones y que enajenan bienes o prestan servicios gravados de IVA deberán ser facturadores electrónicos.
¿Quién está obligado a emitir factura electrónica?
Los responsables inscriptos o exentos en el impuesto al valor agregado y los monotributistas (con excepción del régimen de inclusión social) se encuentran obligados a utilizar controlador fiscal y/o a emitir facturación electrónica.
¿Cuál es la diferencia entre carta porte y CFDI de traslado?
El complemento Carta Porte se incorpora al CFDI de tipo Traslado para acreditar la posesión de las mercancías, brindando información sobre la procedencia y los destinos de las mercancías que se trasladan a través de los distintos medios de transporte.
¿Cuándo podrán optar por expedir el CFDI sin incorporar el complemento carta porte?
¿Cuando no es necesario carta porte?
Es importante aclarar que el complemento Carta Porte no se requiere para la circulación dentro de las ciudades. Es decir, si algún chofer de bicicleta, motocicleta o automóvil entrega mercancía dentro de su localidad, no necesita complemento Carta Porte.
Dirígete a la opción para crear una nueva factura y la opción donde debes agregar el RFC del cliente rellena el campo con el RFC genérico: XAXX010101000. Una vez hayas registrado el nuevo producto debes utilizar la clave 01010101, que es la clave del producto que se usa para la factura al público en general.